- Prevención en la generación de residuos:
- Fomentar el diseño de envases sostenibles que minimicen el uso de materiales y faciliten su reciclaje.
- Comercios minoristas, como por ejemplo los despachos de pan, fomentarán la venta a granel de alimentos, especialmente en aquellos casos en los que el envase no aporta ningún valor añadido al producto
- Reutilización y reciclaje: Aumentar las tasas de reutilización y reciclaje, estableciendo metas progresivas:
- Reducción del peso de los residuos de envases producidos del 13 % en 2025 y del 15 % en 2030, respecto a los generados en 2010.
- Conseguir que TODOS los envases puestos en el mercado sean reciclables en 2030, y siempre que sea posible, reutilizables.
- Reducción del plástico de un solo uso: Introducir medidas para limitar el uso de plásticos innecesarios y fomentar alternativas reutilizables.
- Envases primarios: Aquellos que están en contacto directo con el producto y se destinan a su venta.
- Envases secundarios: Agrupaciones de varios envases primarios, facilitando su manipulación y almacenamiento.
- Envases terciarios: Utilizados para el transporte y distribución de múltiples unidades o envases secundarios.
- Ecodiseño: Rediseñar envases para reducir su peso y volumen, mejorar su reciclabilidad y promover el uso de materiales reciclados.
- Sistemas de Depósito, Devolución y Retorno (SDDR): Implementar o colaborar con sistemas que faciliten la recogida y reutilización de envases.
- Adhesión Sistema Colectivo de Responsabilidad Ampliada del Productor (SCRAP): adherirse a este tipo de sistemas es OBLIGATORIO. Indica que la empresa que pone este envase en el mercado está sufragando la recogida y gestión del residuo de envase para que pase por un proceso de recuperación para su reciclado. Uno de los sistemas mas conocidos es el de ECOEMBES.
- Obligaciones de etiquetado:
- Uno de los puntos más importantes es la obligación de indicar en la etiqueta del envase su condición de reciclable. Para ello no hay un formato concreto, se puede indicar como se estime oportuno o bien con un símbolo asociado al SDDR (sistema de depósito, devolución y retorno) al que pertenece. Se prohíbe el marcado de los envases con las palabras «respetuoso con el medio ambiente” o cualquier equivalente.

Ejemplo de símbolo de reciclaje mundial:
- También se deberá indicar el símbolo asociado al sistema DDR, es decir, indicar en que contenedor se ha de depositar para su reciclaje y retorno. Hay dos excepciones:
- Productos envasados a petición del consumidor o para su venta inmediata: se puede indicar en otro lugar que no sea el envase (ej. en el propio despacho de pan en un cartel).
- Envases donde no es posible físicamente (por ser pequeños, por el tipo de impresión, etc.): se puede omitir la información física.
Observaciones para envases con varios elementos: por ejemplo unas pastas envasadas en una caja de cartón con plástico en el interior: como ambos envases se pueden separar habría que indicar el símbolo del contenedor en cada envase y si no es posible, indicar todos los contenedores sobre el elemento principal o etiqueta. En el caso de envases que no se pueden separar indicar el contenedor que corresponde al material predominante
Importante: Respecto al marcado de envases reutilizables y la inclusión del símbolo asociado al sistema de depósito, devolución y retorno, será obligatorio únicamente para aquellos envases adquiridos a partir del 1 de enero de 2025 y no afectará a los envases cuya primera puesta en el mercado se hubiese realizado antes de dicha fechaSe permite comercializar productos etiquetados antes del 01/01/2025 hasta 6 meses después.5.- Registro y Declaración Anual:
- Por una parte es obligatorio inscribirse en el Registro de Productores de Producto
- Además se deberá remitir información sobre la puesta en el mercado de envases y la gestión de sus residuos. Dicha información se remitirá anualmente a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a los efectos de conocer las cantidades de envases puestos en el mercado, de controlar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el real decreto y el funcionamiento de la responsabilidad ampliada del productor.
6.- Fiscalidad y costes adicionales: la puesta en el mercado de los envases y su comunicación supondrá nuevos impuestos y tasas medioambientales relacionados con la gestión de envases plásticos no reutilizables.
En conclusión, esta normativa sobre envases y residuos de envases representa para las panaderías un paso adelante en la sostenibilidad empresarial y en la responsabilidad ambiental, pero también una adaptación de los procesos productivos de envasado, una mayor coordinación con los proveedores de envases y un reto económico derivado de la gestión de los costes adicionales para el cumplimiento de estos nuevos requisitos.ANA ROSA GARCÍA BENITODir.ª Dpto. Empresas y Seguridad Alimentaria CETECE






0 Comentarios