Las Especialidades Tradicionales Garantizadas (E.T.G) son los productos que cuentan con rasgos específicos diferenciadores de otros alimentos de su misma categoría. Además, estos productos agrícolas o alimenticios deben producirse a partir de materias primas tradicionales, o bien presentar una composición, modo de producción o transformación tradicional o artesanal.
- No tiene zona geográfica delimitada.
- Las características diferenciales se deben al uso de las m.p. o composición o procesos de producción TRADICIONALES, no ligados a una zona geográfica, y
- Las características diferenciales se deben al uso de las m.p. o composición o procesos de producción TRADICIONALES, no ligados a una zona geográfica
Enlace de interés:
Especialidades Tradicionales Garantizadas
Legislación básica:
Reglamento (CE) nº 509/2006 del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre las especialidades tradicionales garantizadas de los productos agrícolas y alimenticios.
Responsable del Departamento de Calidad y segurida alimentaria: Ana Rosa García Benito